¿Tu empresa trabaja con grandes compañías? Estas son las nuevas obligaciones sobre huella de carbono que debes conocer
La sostenibilidad ha dejado de ser una cuestión voluntaria para convertirse en un imperativo legal. Desde la aprobación del Real Decreto 214/2025, del 18 de marzo, el Gobierno español ha reforzado la normativa climática con un nuevo marco que obliga a las empresas a calcular su huella de carbono y a publicar planes de reducción de emisiones. Pero una nota aclaratoria reciente emitida por el Ministerio para la Transición Ecológica ha ido un paso más allá, especificando cómo se deben interpretar y aplicar estas medidas, especialmente en lo relativo a la cadena de suministro.
No todas las empresas están directamente obligadas por la nueva normativa. El Real Decreto establece que el cálculo y la publicación de la huella de carbono será obligatoria para aquellas que cumplan con alguna de estas condiciones:
- Ser entidad de interés público, o
- Durante dos ejercicios consecutivos:
- Tener un activo superior a 20 millones de euros, o
- Registrar una facturación superior a 40 millones de euros, o
- Tener más de 250 empleados.
Recuerda que desde Fundación Ecología y Desarrollo os ofrecemos ScopeCO2, la herramienta que te permite calcular tu huella de carbono para empezar a reducir las emisiones de tu empresa: https://empresasporelclima.es/medir.
Este umbral pone el foco en grandes compañías y empresas de cierto volumen económico, pero su impacto va mucho más allá: muchas pymes que forman parte de sus cadenas de suministro se verán afectadas de forma indirecta.
En España hay más de 3,2 millones de empresas, y aunque la mayoría son pymes, muchas de ellas colaboran como proveedoras de empresas más grandes. La reciente nota aclaratoria ha dejado claro que, para que las compañías obligadas puedan calcular correctamente su huella de carbono (especialmente en lo relativo a las emisiones indirectas o de alcance 3), necesitan que sus proveedores, incluidas las pymes, también aporten datos sobre sus propias emisiones.
Esto ha generado una nueva exigencia en el mercado: grandes empresas ya están solicitando a sus proveedores el cálculo y reporte de emisiones como condición para mantener contratos. Aunque las pymes no estén legalmente obligadas por el decreto, sí lo están comercialmente si quieren seguir trabajando con grandes clientes.
QUÉ OBLIGA EL REAL DECRETO 214/2025
El Real Decreto establece tres grandes obligaciones para las empresas:
- Cálculo anual de la huella de carbono según las metodologías oficiales (GHG Protocol, ISO 14064, etc.).
- Registro voluntario, pero muy recomendable, en el Registro nacional de huella de carbono, compensación y absorción de CO?, cuya nueva versión entrará en vigor el 1 de enero de 2026.
- Elaboración y publicación de un plan de reducción de emisiones, con metas concretas y seguimiento público.
Aunque el registro sigue siendo voluntario, la publicación del plan sí es obligatoria para todas las empresas sujetas al cálculo, algo que la nota aclaratoria ha remarcado como aplicable a partir del ejercicio fiscal 2025.
¿QUÉ DEBEN HACER LAS PYMES?
Aunque no estén obligadas directamente, las pymes deben prepararse para:
- Medir su huella de carbono, al menos en los niveles más básicos (consumo eléctrico, combustible, viajes, etc.).
- Ofrecer esa información a sus clientes, en especial si trabajan con grandes compañías sujetas a la norma.
- Trazar un plan de mejora energética y sostenibilidad, que pueda convertirse en una ventaja competitiva.
- Evaluar la certificación de estos cálculos, para dar mayor fiabilidad ante auditorías externas.
Recuerda que desde Fundación Ecología y Desarrollo os ofrecemos ScopeCO2, la herramienta que te permite calcular tu huella de carbono para empezar a reducir las emisiones de tu empresa: https://empresasporelclima.es/medir.

